Las redes sociales de una teniente de la Policía, que están repletas de colegas suyos, están promoviendo la candidatura presidencial de un coronel retirado, pasando por encima del hecho de que para los uniformados está prohibido.
Esa prohibición es de rango constitucional, está en el artículo 219 de la Carta Magna, pero a la Policía ya está analizando el caso para hacer la inspección correspondiente.